• CLÁUSULA Nº 1

    1.1.- LAS PARTES QUE CONVIENEN Y SE OBLIGAN: Ministerio del Poder Popular para la Educación (MPPE), SINDICATO NACIONAL FUERZA UNITARIA MAGISTERIAL (SINAFUM) Federación de Educadores de Venezuela (FEV) y Federación Venezolana de Maestros (FVM), Federación de Sindicatos de Licenciados en Educación de Venezuela (FESLEV-CLEV), Federación de Trabajadores Sindicalizados de la Educación (FETRASINED), la Federación Nacional de Colegios y Sindicatos de Trabajadores Profesionales de la Educación de Venezuela (FENATEV) y la Federación Nacional de Profesionales de la Docencia Colegio de Profesores de Venezuela (FENAPRODO-CPV), Federación Unitaria del Magisterio de Venezuela (FETRAMAGISTERIO) y la Federación de Trabajadores de la Enseñanza y Afines de Venezuela (FETRAENSEÑANZA). INSTITUTO DE PREVISIÓN Y ASISTENCIA SOCIAL DEL MAGISTERIO VENEZOLANO (IPASME). Órgano Garante del Estado Bolivariano de Venezuela, en el área de la educación, para la asistencia y protección social Integral de los educadores.
    1.2.- SINDICATO NACIONAL FUERZA UNITARIA MAGISTERIAL (SINAFUM): Organización Sindical que reuniendo los prerequisitos de la ley, afilia a las educadoras y los Educadores Venezolanos y que realizado su periodo de elecciones, administra sin limitación alguna, la presente Convención Colectiva.

    1.3.- FEDERACIÓN DE EDUCADORES DE VENEZUELA (FEV): Denominación que califica a la Federación de Educadores de Venezuela (FEV), Organización Signataria contratante que reuniendo los prerequisitos de la ley y administra la presente Convención Colectiva de Trabajo, en representación de todos los sindicatos afiliados y de los Trabajadores de la Educación Técnica, afines y conexos adscritos en estos.

    1.4.- FEDERACIÓN VENEZOLANA DE MAESTROS (FVM): Denominación que califica a la Federación Venezolana de Maestros (FVM), Organización Signataria contratante que y reuniendo los prerequisitos de la ley y administra la presente Convención Colectiva de Trabajo, en representación de todos los sindicatos afiliados y de los Trabajadores de la Educación adscritos en estos.

    1.5.- FEDERACIÓN DE SINDICATOS DE LICENCIADOS EN EDUCACIÓN DE VENEZUELA (FESLEV-CLEV) Denominación que califica a la Federación de Sindicatos de Licenciados en Educación de Venezuela (FESLEV-CLEV), Organización Signataria contratante que reuniendo los prerequisitos de la ley y administra la presente Convención Colectiva de Trabajo, en representación de sus sindicatos filiales y de los Trabajadores de la Educación adscritos en estos.


    •  SALUDOS, COLEGAS. CON TODO RESPETO CONSIDERO QUE ESE AUMENTO FRACCIONADO, PARA RECIBIR ESTE AÑO SOLAMENTE UN 60%, ES IRRISORIO Y NO ES JUSTO, MENOS AÚN DIGNIFICA AL PROFESIONAL DE LA DOCENCIA. A LUCHAR POR NO MENOS DE UN 190% DE INCREMENTO SALARIAL DE INMEDIATO. AUNQUE CONSIDERO QUE LA MEJOR OPCIÓN ES QUE PROPONGAN EL AUMENTO EN BASE A MÍNIMO 4 SALARIOS MÍNIMOS, EMPEZANDO DESDE EL SUELDO MAS BAJO DEL TABULADOR, EN INCREMENTÁNDOSE EN UNO MAS, SEGÚN LA CATEGORÍA DEL DOCENTE. PARA QUE CADA VEZ QUE DECRETEN AUMENTO DEL SALARIO MÍNIMO, LOS SUELDOS DE LOS DOCENTES SE INCREMENTEN TAMBIÉN. SALUDOS Y QUE DIOS BENDIGA, A QUIENES TIENEN LA ENORME RESPONSABILIDAD DE REPRESENTARNOS Y LUCHAR POR UNAS DIGNAS Y JUSTAS REIVINDICACIONES SALARIALES.






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